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● La imposibilidad de combinar la FP dual con un período de prácticas en el extranjero. Si la
FP dual se desarrolla en el marco de un contrato de trabajo, con la normativa actual, esta
combinación es legalmente imposible. Si se opta por la modalidad de la subvención, es
legalmente posible, pero es muy difícil de lograr con las 800 horas de aprendizaje en
empresa que el estudiante debe cumplir en un año académico si además ese estudiante tiene
que ir al extranjero 3 meses antes de finalizar el curso. Además, es difícil encontrar una
empresa disponible y dispuesta a que uno de sus trabajadores se vaya al extranjero durante
3 meses.
● En cuanto a los programas de aprendizaje compartido, incluso a nivel local, tampoco es
posible por las mismas razones.
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“Guía de la Formación Profesional Dual en Régimen de Alternancia del País Vasco”
http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.eus/contenidos/informacion/hezibi/es_def/adjuntos/FPDUAL_E
uskadi_(castellano).pdf
Referencias
http://formacion.confebask.es/Corporativa/Default.aspx?Xqp5O3l6Vf2coyiwQtPRIA90785678d90
785678d
https://www.fpeuskadidual.eus/
DELTA (2017-1-UK01-KA202-036810) IO3